SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0867/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0867/2015-S1

Fecha: 22-Sep-2015

denegando

La Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, emitió la Resolución 45/2015 de 5 de febrero, cursante de fs. 378 a 379 vta., denegando la tutela solicitada, bajo los siguientes argumentos: 1) El Auto de Vista 95 impugnado, está de acuerdo a la situación legal en la que en ese momento se encontraba el imputado y se basó en el Código Tributario Boliviano, en cuyo “art. 153” prevé que el contrabando no es un delito en el cual se pueda plantear la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso; 2) En la acusación de 2 de febrero de 2015, ya no se planteó el delito de contrabando, debido al cambio sufrido en el aumento de número de Unidades de Fomento a la Vivienda (UFV), para configurar el mismo; modificando así la calificación legal en cuanto a la acusación del ahora accionante; y, 3) Corresponde a la defensa, si ésta considera oportuno, replantear su incidente de acuerdo a las condiciones legales en las que se encuentra el proceso actualmente y las disposiciones legales vigentes.