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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0872/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0872/2015-S1

    Fecha: 22-Sep-2015

    DENEGAR

    fs. 279 a 282 vta, pronunciada por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, con la aclaración de no haberse ingresado al análisis de fondo de la problemática planteada en razón a la inobservancia del principio de inmediatez.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • Informe de los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
    • III.2
    • principio de inmediatez
    • plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial
    • el recurso no podrá ser presentado cuando el plazo de los seis meses esté superabundantemente vencido
    • protección eficaz
    • DENEGAR

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