Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0872/2015-S1
Fecha: 22-Sep-2015
Informe de los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia
Maritza Suntura Juaniquina y Norka Natalia Mercado Guzman, Magistradas de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, mediante informe escrito que cursa a fs. 284, señalaron que conforme al contenido y petitorio de la acción tutelar, se denunció la ilegalidad del Auto Supremo 098/2013 de 17 de abril de 2013, emitido por los Magistrados de la Sala Penal Liquidadora, quienes son los llamados a elevar el informe pertinente.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- Informe de los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- III.2
- principio de inmediatez
- plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial
- el recurso no podrá ser presentado cuando el plazo de los seis meses esté superabundantemente vencido
- protección eficaz
- DENEGAR