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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0891/2015
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0891/2015

    Fecha: 14-Sep-2015

    2°

    2°  CONCEDER la tutela solicitada en relación al debido proceso en su vertiente del derecho a la motivación y fundamentación y a la protección que brinda la tutela judicial efectiva; ordenando que el Juez Décimo de Partido en lo Civil y Comercial dicte una nueva Resolución, conforme a las directrices expuestas en el Punto III.4.2., de la presente Sentencia Constitucional.  

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • III.1.
    • Fragmento 11
    • III.2.
    • y cristaliza un debido proceso en segunda instancia, ello si consideramos que en nuestro sistema procesal civil, se encuentra reconocido el principio de impugnación; en consecuencia, el sometimiento a un segundo examen, la decisión del a quo en grado, resulta ser delicada, por tanto la misma no puede estar sujeta a una labor mecánica, sino por el contrario se debe asegurar al acceso irrestricto a la justicia, brindando una tutela judicial efectiva en grado de apelación, conforme a los presupuestos procesales que establece la ley”
    • III.3.
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • III.4.1. Sobre la vulneración del derecho al debido proceso en su vertiente del derecho
    • 2°

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