SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0891/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0891/2015

Fecha: 14-Sep-2015

Fragmento 11

           La SPC 0415/2015 de 30 de abril, en interpretación uniforme de los postulados que reitera la jurisdicción constitucional, expuso lo siguiente:  “El debido proceso entendido como: “…el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo, en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar; es decir, comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar esos derechos reconocidos por la Constitución Política del Estado así como los Convenios y Tratados Internacionales (…): El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones” (SC 0160/2010-R de 17 de mayo).