SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2016-S1
Fecha: 06-Ene-2016
II.5.
II.5. Mediante Resolución AE 427/2011 de 14 de septiembre, la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Electricidad, rechazó el recurso de revocatoria parcial contra la Resolución 322/2010 y confirmó el acto impugnado, señalando que dicha Resolución fue dictada en cumplimiento de la Resolución Ministerial RJ 074/2011 (fs. 2504 a 2514); en ese antecedente ELECTROPAZ interpuso recurso jerárquico (fs. 2561 a 2572) emitiéndose la Resolución Ministerial RJ 027/2012 de 16 de marzo, la cual rechazó la impugnación interpuesta y confirmó la Resolución 322/2010 (fs. 2623 a 2634), el 20 de junio de 2012 ELECTROPAZ planteó demanda contencioso administrativa contra la Resolución Ministerial señalada, signado con el expediente 351/2012 (fs. 2811 a 2826 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- 1)
- i)
- concediendo en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 18
- III.2. Sobre el debido proceso y sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia
- III.3. Revisión de la labor interpretativa de otras instancias jurisdiccionales
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- tercer punto
- la modificación del documento “Alcance del Estudio de revisión extraordinaria de Tarifas Base” realizado por la Resolución AE 212/2010
- CONFIRMAR