Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2016-S1
Fecha: 06-Ene-2016
II.6.
II.6. La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia mediante Auto Supremo 355/2013 de 27 de agosto, acumuló los expedientes contencioso administrativos 618/2011 y 351/2012 (fs. 2855), a cuyo efecto emitió la Sentencia 71/2014 de 14 de mayo, declarando probadas en parte las demandas de “fs. 438 a 481 y 1288 a 1303” (sic) dejando sin efecto parcialmente las Resoluciones Ministeriales RJ 074/2011 y RJ 027/2012, y disponiendo que el Ministerio de Hidrocarburos y Energía emita nueva resolución en sujeción a los fundamentos del tercer, cuarto y octavo punto del último considerando (fs. 2859 a 2880).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- 1)
- i)
- concediendo en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 18
- III.2. Sobre el debido proceso y sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia
- III.3. Revisión de la labor interpretativa de otras instancias jurisdiccionales
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- tercer punto
- la modificación del documento “Alcance del Estudio de revisión extraordinaria de Tarifas Base” realizado por la Resolución AE 212/2010
- CONFIRMAR