SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2016
Fecha: 14-Ene-2016
III.1. La jurisdicción como función principal del Estado Plurinacional
En la teoría democrática de la Constitución Política del Estado y la experiencia de transformación del constitucionalismo latinoamericano, como consecuencia del desarrollado de la institucionalidad pública, las funciones de los Estados se resumen en tres principales ejes: La legislación, administración y la jurisdicción. En este sentido, de conformidad al art. 12 de la CPE, el poder público del país, se organiza a través de los Órganos Legislativo, que cumple la función de elaboración de leyes; el Ejecutivo, encargado de la administración pública sobre la base de la normativa legal; el Judicial que ejerce las funciones jurisdiccionales mediante los jueces; y, el Electoral es responsable de la organización y dirección de los procesos electorales. La organización del Estado Plurinacional se fundamenta en la independencia, separación, coordinación y cooperación.
Respecto al primer principio, implica que cada Órgano goza de independencia organizativa y autonomía presupuestaria determinada por ley. El principio de la separación significa que los mencionados Órganos no están sometidos el uno a los otros y viceversa; sino que, cada uno de ellos tiene su propia institucionalidad. Por último, el principio de la coordinación y cooperación, fundamenta la optimización de recursos económicos y humanos, actividades públicas e iniciativas en el diseño y ejecución de programas y proyectos, orientados en el interés público y el respeto al ejercicio de las atribuciones propias de cada órgano.
- jurisdiccional
- I.2.Hechos y derechos que motivan el conflicto de competencia jurisdiccional
- I.3.Conflicto de competencia suscitado al Juez Quinto de Instrucción Penal del departamento de La Paz
- a)
- rechazó
- I.4. Petitorio
- I.5. Admisión
- II.1.
- III.3.
- III.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i) ¿Las autoridades indígena originaria campesinas de la Central Agraria Gualberto Villarroel, provincia Los Andes del departamento de La Paz, de acuerdo a la Constitución Política del Estado, tienen jurisdicción y competencia para conocer y resolver un asunto ocurrido en la comunidad Capacasi, que se encuentra dentro de su jurisdicción territorial, entre miembros IOC.?
- ii) ¿El Juez Quinto de Instrucción en lo Penal de El Alto del departamento de La Paz, tiene jurisdicción y competencia para ejercer el control jurisdiccional, sobre agresiones perpetradas entre miembros IOC de la comunidad Capacasi, de la Central Agraria Gualberto Villarroel, provincia Los Andes del mismo departamento; y como consecuencia de ello, se inició un proceso penal por el supuesto delito calificado por el Ministerio Púbico como tentativa de homicidio?
- III.1. La jurisdicción como función principal del Estado Plurinacional
- III.2. Naturaleza jurídica y tramitación procesal del conflicto de competencias jurisdiccionales
- 1) El control de la investigación, conforme a la facultades y deberes previstos en este Código;
- el principio de la absoluta necesidad de la intervención penal, vigente en todo Estado de Derecho
- III.4. La jurisdicción y competencias de las autoridades de la jurisdicción indígena originaria campesina
- 1)
- i)
- ii)
- III.5. Análisis del caso concreto
- nuwasiña
- 1° Declarar COMPETENTE
- 2° Disponer