SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2016
Fecha: 14-Ene-2016
rechazó
Sobre la base de los antecedentes expuestos, Daniel Ángel Espinar Molina, Juez Quinto de Instrucción en lo Penal de El Alto del departamento de La Paz, mediante Resolución 558/2014 de 27 de noviembre, rechazó la solicitud de incompetencia formulada por las autoridades IOC de la Central Agraria Gualberto Villarroel, provincia Los Andes del departamento de La Paz, por no haberse justificado en forma idónea su petición, cuyos argumentos son: 1) La documentación presentada por el incidentista Agustín Huanca Poma, no acredita, en lo fundamental, el tiempo de ocupación del territorio respectivo, distinción cultural y autoidentificación primaria, para determinar la competencia sobre hechos que habría sucedido en un territorio indígena originario campesino (TIOC); 2) No se cuenta con elementos de convicción que acrediten tópicos personales y materiales ancestrales de la Central Agraria Gualberto Villarroel; y, 3) Los documentos aparejados no acreditan la existencia de un tribunal o juzgado indígena originario campesino IOC, para declararlo competente y conozca el caso objeto del conflicto de competencia jurisdiccional presentado.
- jurisdiccional
- I.2.Hechos y derechos que motivan el conflicto de competencia jurisdiccional
- I.3.Conflicto de competencia suscitado al Juez Quinto de Instrucción Penal del departamento de La Paz
- a)
- rechazó
- I.4. Petitorio
- I.5. Admisión
- II.1.
- III.3.
- III.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i) ¿Las autoridades indígena originaria campesinas de la Central Agraria Gualberto Villarroel, provincia Los Andes del departamento de La Paz, de acuerdo a la Constitución Política del Estado, tienen jurisdicción y competencia para conocer y resolver un asunto ocurrido en la comunidad Capacasi, que se encuentra dentro de su jurisdicción territorial, entre miembros IOC.?
- ii) ¿El Juez Quinto de Instrucción en lo Penal de El Alto del departamento de La Paz, tiene jurisdicción y competencia para ejercer el control jurisdiccional, sobre agresiones perpetradas entre miembros IOC de la comunidad Capacasi, de la Central Agraria Gualberto Villarroel, provincia Los Andes del mismo departamento; y como consecuencia de ello, se inició un proceso penal por el supuesto delito calificado por el Ministerio Púbico como tentativa de homicidio?
- III.1. La jurisdicción como función principal del Estado Plurinacional
- III.2. Naturaleza jurídica y tramitación procesal del conflicto de competencias jurisdiccionales
- 1) El control de la investigación, conforme a la facultades y deberes previstos en este Código;
- el principio de la absoluta necesidad de la intervención penal, vigente en todo Estado de Derecho
- III.4. La jurisdicción y competencias de las autoridades de la jurisdicción indígena originaria campesina
- 1)
- i)
- ii)
- III.5. Análisis del caso concreto
- nuwasiña
- 1° Declarar COMPETENTE
- 2° Disponer