Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2016-S1
Fecha: 06-Ene-2016
II.1.
II.1. El 21 de marzo de 2014, el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, labró el Acta de infracción 1147, contra José Luis Real Belmonte -persona demandada- en calidad de asentado ilegal en la zona del parque ecológico Curiche La Madre, concediéndole al infractor el plazo de quince días a partir de su notificación para que proceda a la desocupación y retiro de sus enseres (fs. 41).
- acción popular
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción popular
- III.2. Ámbito de protección de la acción popular
- Diferente es el derecho al medio ambiente previsto en el art. 33 de la CPE, que se constituye en un derecho difuso, por cuanto la titularidad del mismo descansa en todas y cada una de las personas y, por lo mismo no existe un grupo o una colectividad claramente determinada.
- III.3. Competencias municipales y legitimación activa del Alcalde Municipal en la acción popular
- normativa de la cual se previene que, las decisiones administrativas asumidas por estas entidades, deben ser ejecutadas por ellas mismas y no pretender el cumplimiento de sus decisiones a través de la justicia constitucional;
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR