SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2016-S3

Fecha: 04-Ene-2016

II.2.

II.2.  Por memorial presentado el 24 de septiembre de 2014, el ahora accionante solicitó al Tribunal Disciplinario Departamental de Cochabamba, enmienda y complementación de la RA 004/2014, alegando que en audiencia oral de 9 del citado mes y año, interpuso excepción de prescripción “…y por analogía contra otras normas en especial con la Ley 1970 la excepción de extinción de la acción por duración máxima del proceso; sin embargo, en la Resolución de 10 de Septiembre de 2014, no se encuentra la misma…” (sic); por lo que, pidió se enmiende tal extremo complementando con dicha actuación procesal; toda vez que, en audiencia fue rechazada de forma directa por el Presidente del referido Tribunal, sin ser considerada por el resto del Tribunal. Ante esta petición, el Tribunal a quo por providencia de la misma fecha, señaló que la enmienda pretendida fue resuelta en audiencia; por ello, no existiendo errores formales por subsanar, dispuso no ha lugar a la enmienda (fs. 64 y vta.).