Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2016-S3
Fecha: 04-Ene-2016
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Cidal Chávez Quispe -ahora accionante- y otro, por la presunta comisión del delito de feminicidio, Margoth Pérez Montaño, Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz -hoy codemandada-, emitió la Resolución 152/2015 de 31 de marzo, por la cual dispuso rechazar la cesación a la detención preventiva solicitada por el referido procesado -hoy accionante-, contra la cual la defensa de este último planteó apelación en forma oral, reservándose el derecho de fundamentar la misma en alzada. (fs. 238 a 239 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III.1. Aplicación y eficacia del principio de celeridad -como elemento del debido proceso- en solicitudes que involucren el derecho a la libertad
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible,
- b)
- c)
- d)
- 4º