Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2016-S3
Fecha: 04-Ene-2016
II.6.
II.6. Félix Peralta Peralta, ex Vocal de la Sala Penal Segunda, emitió voto dirimidor dentro de la apelación de la Resolución 152/2015, pronunciándose “…en apoyo al Voto emitido por el Dr. Ricardo Chumacero Tórrez.- Vocal de la Sala Penal Primera” (sic) (confirmar la Resolución apelada) (fs. 242 a 243 vta.), con el cual se notificó al ahora accionante el 3 de julio de 2015 (fs. 244).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III.1. Aplicación y eficacia del principio de celeridad -como elemento del debido proceso- en solicitudes que involucren el derecho a la libertad
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible,
- b)
- c)
- d)
- 4º