Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0068/2016-S3
Fecha: 08-Ene-2016
II.3.
II.3. Por memorial presentado el 28 de noviembre de 2014, Rolf Köhler Perrogón, Director Ejecutivo de la ABT, formuló recurso de casación contra el Auto de Vista 128 (fs. 339 a 343 del anexo 2); por su parte el 2 de diciembre de 2014, Elvis Vladimir Camacho Cossío a través de su representante legal, interpuso recurso de casación contra el referido fallo (fs. 34 a 58).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- III.
- menos puede convertirse en un supra tribunal con facultades de revisar lo obrado por autoridades de otras jurisdicciones
- 1) Exponer de manera adecuada, precisa y debidamente fundamentada, los criterios interpretativos que no fueron cumplidos o fueron desconocidos por el juez o tribunal que realizó la interpretación de la norma al caso concreto
- 3) Qué derechos fundamentales han sido lesionados con dicha interpretación que considera arbitraria y a los resultados que hubiese arribado con la interpretación
- b) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad
- III.2. Análisis del caso concreto
- apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsibles para decidir
- CONFIRMAR