Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2016-S3
Fecha: 08-Ene-2016
I.2.1. Ratificación de la acción
La parte accionante, ratificó íntegramente la acción de amparo constitucional y realizando algunas aclaraciones señaló que, el recurso de casación es un nuevo proceso por lo que el Tribunal Supremo de Justicia puede y debe revisar de puro derecho todo el proceso; por otro lado, el art. 17 de la LOJ, debe ser entendido en relación a los arts. 15 y 16 de la misma Ley y no solo de forma aislada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación;
- III.3. Análisis del caso concreto
- i)
- b)
- 1)
- 2)
- ii)
- CONFIRMAR