Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2016-S3
Fecha: 08-Ene-2016
II.1.
II.1. Por Auto de Vista 69/2014 de 21 de marzo, la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz (fs. 19 a 20 y vta.), en apelación confirmó la Sentencia 22/2011 de 3 de marzo de 2011, dictada por el Juez Tercero de Partido, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario del referido departamento (fs. 4 a 18).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación;
- III.3. Análisis del caso concreto
- i)
- b)
- 1)
- 2)
- ii)
- CONFIRMAR