SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0102/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0102/2016-S3

Fecha: 15-Ene-2016

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La parte accionante a través de su abogado, ratificó el tenor íntegro de la demanda y amplió indicando que conforme a la disposición transitoria segunda del Código Procesal Civil -la Ley 439 de 19 de noviembre de 2013-, entró en vigencia los regímenes de señalamiento de domicilio, comunicación, cómputo de plazos, procedimiento de citación y emplazamiento y que el Tribunal Constitucional Plurinacional, emitió lineamientos que disponen que ante la existencia de conflictos de aplicación de normas corresponde velar por el interés superior de las niñas, niños y adolescentes.