SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0148/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0148/2016-S3

Fecha: 28-Ene-2016

III.2.2. Resolución del caso concreto

En la problemática expuesta, el accionante denuncia la lesión de sus derechos constitucionales, a partir de omisiones e irregularidades que contendrían las Resoluciones que resolvieron el Recurso de Alzada como el Jerárquico; empero, se debe tener en cuenta que en atención al principio de subsidiariedad que uniforma a la acción de amparo constitucional, esta jurisdicción no puede efectuar análisis alguno respecto de la Resolución de Recurso de Alzada ARIT-CBA/RA 0231/2015 de 23 de marzo, por cuanto los aspectos que presumiblemente lesionan y/o desconocen derechos y garantías fundamentales, debieron haber sido denunciados a través del recurso jerárquico, constituyéndose en el caso, el Director General Ejecutivo a.i. de la AIT quien contaba con facultades para pronunciarse, respecto a las denuncias vinculadas a la decisión que resolvió el recurso de alzada. En ese entendido, esta Sala abordara el presente análisis únicamente a partir de los hechos lesivos atribuidos a la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1027/2015 de 16 de junio, que es la última determinación en vía administrativa.

En ese entendido y conforme a los hechos expuestos en la demanda constitucional, el accionante sostiene que la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1027/2015, carece de motivación, así como de un análisis de la prueba ofrecida y que se limita a efectuar una revisión generalizada sin otorgarle valor probatorio, omitiendo aplicar los principios de favorabilidad y favoris debilis, a momento de subsumir su conducta al tipo de contrabando.