SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0152/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0152/2016-S3

Fecha: 28-Ene-2016

denegó

El Juez de Partido, de Sentencia Penal y Liquidador de Quillacollo del departamento de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 17/2015 de 5 de agosto, cursante de fs. 145 a 149, denegó la tutela solicitada, con costas, en base a los siguientes fundamentos: i) Se evidencia que no existe resolución u ordenanza que amenace restringir el derecho propietario del ahora accionante; así también, se tiene que el mismo reconoció que sus predios se encuentran en zona agrícola; consecuentemente, el Gobierno Autónomo Municipal de Tiquipaya no podría regularizar el derecho propietario del accionante, tal como lo solicita, más al contrario, en uso de las facultades que la ley faculta a los gobiernos autónomos municipales el derecho y la obligación de realizar gestiones que pueden proyectar la ampliación de la mancha urbana, no pudiendo considerarse ese extremo como vulneración al derecho a la propiedad privada; ii) En el presente caso, se tiene que solo existen informes y ninguna resolución emitida por las autoridades ahora demandadas, que amenace el derecho a la propiedad del accionante, haciendo inviable la presente acción tutelar; iii) El accionante no precisó de qué forma se amenaza el derecho a la propiedad privada, de tal suerte que se tiene que se cumplió con los requisitos exigidos por ley y ante esa circunstancia existe la imposibilidad de valoración e interpretación de la legalidad ordinaria en la acción de amparo constitucional; y, iv) Es necesario que el accionante a tiempo de cuestionar la interpretación de la legalidad ordinaria, cumpla presupuestos establecidos por la jurisprudencia constitucional y que no tomó en cuenta a tiempo de formular su demanda.