Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0152/2016-S3
Fecha: 28-Ene-2016
II.2.
II.2. A través de la nota con cite: CMT/CE 0138/15 de 17 de abril de 2015, Emilio Fernández Montecinos, Presidente del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Tiquipaya, remitió al representante legal del ahora accionante el informe técnico 030/15 de 13 de ese mes y año, con referencia a la solicitud del memorial citado en el párrafo anterior, a efectos “…que dirija su solicitud al Ejecutivo Municipal… (sic) (fs. 15).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- no existe ninguna Ordenanza Municipal ni Resolución que autorice la prolongación de vía hacia la calle Litoral
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la legitimación pasiva
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR