SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0952/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0952/2016-S2

Fecha: 07-Oct-2016

1)

René Rino Salazar Ballesteros, a través de su apoderado en audiencia señaló que: 1) La accionante refiere en su memorial de acción de amparo constitucional que no se hubiesen valorado las pruebas; sin embargo, tanto el Tribunal de instancia como el superior, realizaron la valoración correspondiente, de acuerdo a lo establecido por el art. 87 y ss. de la LRDPB; y, 2) En materia penal se establece claramente que debe existir la verdad absoluta en el presente caso hay un proceso disciplinario donde se demostró objetivamente los hechos a través de pruebas testificales y testimoniales.

  Dejar sin efecto la Resolución 172/2015 de 8 de diciembre, emitida por el Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana, ordenándose que en el plazo de cinco días emitan una nueva Resolución, debidamente fundamentada, motivada y congruente, tomando en cuenta las observaciones que fueron realizadas a la RA 105/2015 de 2 de octubre, emitida por el Tribunal Disciplinario Departamental de La Paz, así como los fundamentos que son base de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.