Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1011/2016-S2
Fecha: 07-Oct-2016
II.2.
II.2. Conocida la solicitud de cesación a la detención preventiva formulada por el accionante, el Juez antes referido, pronunció la Resolución 309/2015 de 10 de julio, por medio de la cual, rechazó tal pedido, manteniendo vigente la medida cautelar impuesta (fs. 10 a 12). Rechazo reiterado a través de la Resolución 545/2015 de 24 de noviembre, en consideración a que aún no se desvirtuó el art. 234.1 del CPP, referente al domicilio, desvirtuándose el art. 235.2 de ese Código (fs. 13 a 14 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El deber de fundamentación de las resoluciones que impongan o modifiquen medidas cautelares y las que se pronuncien en el recurso de apelación
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo