Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1011/2016-S2
Fecha: 07-Oct-2016
II.4.
II.4. Por escrito de 21 de abril de 2016, Fidel Quispe Ticona, solicitó una vez más la cesación a la detención preventiva, adjuntando en calidad de prueba “Verificativo policial domiciliaria” de 19 de ese mes y año, además de contrato de anticrético suscrito por su persona y Andrés Quispe Ticona (fs. 23 y vta.); en su mérito se pronunció la Resolución 236/2016 de 28 de abril, por la cual el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, refiriendo no haberse producido un elemento probatorio que determine la cesación; en consecuencia, la aplicación de medidas sustitutivas, declaró infundado tal pedido y de momento rechazó la mencionada solicitud (fs. 25 a 29).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El deber de fundamentación de las resoluciones que impongan o modifiquen medidas cautelares y las que se pronuncien en el recurso de apelación
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo