SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1011/2016-S2
Fecha: 07-Oct-2016
II.3.
II.3. Presentada apelación de la Resolución 545/2015, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió la Resolución 19/2016 de 11 de febrero, confirmando en parte, manteniendo la concurrencia de la probabilidad de autoría y el peligro de fuga de dicho fallo, aditamentando la concurrencia del peligro de obstaculización contenido en el art. 235.2 del CPP. Solicitada complementación y enmienda, en sentido de cuál el valor dado a la Resolución 309/2015, señalaron que no obstante no ser invocada en audiencia, fue analizada y revisada por ser la Resolución primigenia, encontrándose coherencia con la Resolución motivo de apelación, sin que se haya llegado a agravar la situación del imputado (fs. 15 a 21).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El deber de fundamentación de las resoluciones que impongan o modifiquen medidas cautelares y las que se pronuncien en el recurso de apelación
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo