SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1064/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1064/2016-S2

Fecha: 24-Oct-2016

b)

b) Cuando la autoridad jurisdiccional advierta que existen defectos subsanables en la resolución de imputación relativos a las formas procesales, el Auto interlocutorio que los declare fundados, se ordenará la subsanación de los mismos a objeto de dar continuidad con la tramitación del proceso y evitar que se prosiga el mismo con vicios que decantarían en una posterior nulidad, aquello sin interrumpir la investigación; por lo tanto, podrá considerarse la aplicación de medidas cautelares;