Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1080/2016-S3
Fecha: 04-Oct-2016
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve REVOCAR la Resolución 5/2016 de 6 de julio, cursante de fs. 52 a 54, pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Decimosegundo de la Capital del departamento de Santa Cruz; y en consecuencia, CONCEDER la tutela impetrada, disponiéndose que la autoridad judicial demandada de manera inmediata resuelva la solicitud de cesación de la detención preventiva impetrada por el accionante.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- del Art. 125 de la C.P.E.,
- RESTABLESCAN LAS FORMALIDADES LEGALES
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- REVOCAR