SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1142/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1142/2016-S3

Fecha: 24-Oct-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante alega que dentro del interdicto de recobrar la posesión interpuesto contra el ahora tercero interesado, la Jueza hoy demandada dictó la Sentencia 16/15 de 23 de noviembre de 2015, acto procesal que le fue notificado mediante cédula en el tablero de notificaciones del Juzgado, cuando el mismo debió realizarse de forma personal, por lo que interpuso incidente de nulidad que fue rechazado por la misma autoridad a través del Auto de 30 de diciembre del citado año, fallo contra el cual interpuso recurso de apelación, siendo resuelto por Edelmira Sylvia Ergueta Ayoroa, Jueza de Partido Mixta, Liquidadora, de Sentencia y de la Niñez y Adolescencia -actual Jueza Pública de Familia y de Sentencia Penal Primera- de Cliza del departamento de Cochabamba -hoy codemandada- por Auto de Vista de 10 de febrero de 2016, el cual también le fue notificado mediante cédula fijada en tablero de notificaciones del Juzgado, lo que le impidió deducir el pedido de enmienda y complementación, habiendo así las autoridades demandadas conculcado sus derechos a la defensa, al debido proceso y a un proceso justo y equitativo.