SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1170/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1170/2016-S3

Fecha: 26-Oct-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes a través de sus representantes alegan la lesión de sus derechos a la igualdad en la aplicación de la ley, a la defensa, al debido proceso, a la garantía al juez natural, así como el desconocimiento de los principios de seguridad jurídica y predictibilidad de las resoluciones, señalando que dentro del proceso ordinario de nulidad seguido por su difunta madre -Nelly Nogales Asbún- y los hermanos de ella -José Nahir, Herman y Antonio Nahir Nogales Asbún-, por Auto de Vista 019/2015 de 23 de enero, se anuló obrados por supuesta incompetencia en razón de materia del Juez de Partido en lo Civil y Comercial y se determinó que sea el Juez de Partido de Familia quien asuma competencia, Resolución que tras ser recurrida vía recurso de casación en la forma fue resuelta de forma arbitraria por las autoridades demandadas mediante AS 9/2016 de 12 de enero, quienes se limitaron a declarar la improcedencia del recurso de casación, desconociendo el precedente jurisprudencial asumido por el AS 198/2012 de 28 de junio, que tiene supuestos fácticos análogos con el presente caso, en el cual se dispuso que la competencia en razón de materia es de orden público y debe ser revisado de oficio, y señaló como autoridad competente al Juez en lo Civil y Comercial, por lo que correspondía a las autoridades demandadas pronunciarse y resolver el fondo del recurso, conforme a la jurisprudencia referida.