Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1110/2016-S2
Fecha: 03-Nov-2016
II.1.
II.1. Mediante memorial de 2 de abril de 2015, dirigido al Juez de Trabajo y Seguridad Social de turno de El Alto, subsanado el 16 y ampliado el 29 de igual mes y año, Jhonny Fernando Quispe Coaquira, acogiéndose al retiro indirecto, demandó pago de beneficios sociales, indemnización por accidente de trabajo, gastos médicos y otros conceptos contra Gregorio Toma Mamani, propietario y representante de la Empresa Constructora en Metal Mecánica “Toma” (fs. 5 a 8, 11 a 14 vta., y 16 a 22).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La motivación y fundamentación de las resoluciones judiciales, administrativas o cualesquiera otras, como una exigencia constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo