Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1141/2016-S2
Fecha: 07-Nov-2016
II.5.
II.5. Mediante notas de 30 de mayo y 25 de agosto de 2016, el Gerente General a.i. de UMMIPRE-PROMAN, se dirigió al ahora accionante y a Verónica Zurita Condori, comunicando formalmente por una parte, de la Resolución 134/2016 y el informe de Asesoría Legal 019/2016 de 10 de mayo, y por otra, para que se apersonen por Secretaría de la Unidad Descentralizada, a efectos de regularizar los trámites concernientes a las asignaciones familiares de prestación de subsidios prenatales, de natalidad y lactancia, más el seguro de salud al ser en gestación hasta que el mismo cumpla un año de edad (fs. 49 a 50 y 52).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho a la estabilidad laboral y la protección del padre progenitor de hijos menores de un año
- y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad
- ante la comisión de un acto que dé lugar a la conclusión de la relación laboral y que la misma sea atribuible a la mujer en estado de gestación o al progenitor de un menor de un año de edad, establecida en su normativa interna y en la Ley General del Trabajo y su Decreto Reglamentario, cuya comprobación se suscitare en debido proceso, la sanción se ejecutará inmediatamente,
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo