Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1190/2016-S3
Fecha: 03-Nov-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante señala como lesionados sus derechos invocados en la presente acción tutelar; toda vez que, considera que la cosa juzgada alcanzada en el proceso laboral que ordena su reincorporación no fue cumplida, ya que en ejecución de fallos la Jueza codemandada dispuso su restitución al cargo de Abogada I y no al de Jefa de la Unidad Legal, situación que fue confirmada en alzada.
- acción de amparo constitucional
- la reincorporación a su fuente laboral como asesora legal de la mencionada institución y el pago de sus salarios desde el 29 de noviembre de 2.006, hasta el 28 de febrero de 2.009, y hasta el
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Respecto a la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- III.2.
- Fragmento 15
- III.3. La finalidad del proceso de reincorporación laboral
- sin embargo es diferente la situación en la cual el mismo es llamado a trabajar por el empleador -aun así esté pendiente el proceso laboral que mantengan- y este omite acudir,
- REINCORPORACIÓN A SU FUENTE LABORAL COMO ASESORA LEGAL de la mencionada Institución
- CONFIRMAR