SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1200/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1200/2016-S3

Fecha: 03-Nov-2016

II.5.

II.5. Por Informe 001/2016 de 5 de enero elevado por Alfredo Martínez Padilla,    -Presidente de la Mesa 1- ante el ahora demandado, indicó que el 9 de diciembre de 2015 la Comisión de Apelación de la DDE de La Paz inició su trabajo en horas de la tarde donde se revisaron los expedientes de todos los postulantes, de acuerdo a la lista presentada por los representantes de la citada Comisión; asimismo, indicó que el “…viernes también nos hicimos presentes en la Unidad Educativa Hernando Silez a horas 9:00 a fin de continuar con las actividades programadas, culminando con la entrega de todas la documentación de respaldo a horas 15:00 p.m.” (sic [las negrillas son nuestras]); señalando que se cumplió con el cronograma establecido por las autoridades de esa Dirección en forma conjunta con los representantes de la Federación de Maestros Urbanos, quienes fueron testigos del trabajo realizado durante los tres días (fs. 50).