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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1209/2016-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1209/2016-S2

    Fecha: 22-Nov-2016

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.1.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Configuración de la acción de amparo constitucional
    • III.2.
    • III.3.  Restricciones de la jurisdicción constitucional respecto a la valoración de la prueba
    • la jurisdicción constitucional no puede ingresar a valorar la prueba producida durante el proceso, por cuanto esa labor corresponde exclusivamente a las autoridades jurisdiccionales ordinarias y no así al Tribunal Constitucional dada su finalidad protectora de derechos fundamentales y no de instancia de apelación o casación
    • Fragmento 13
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • 1)  Valoración defectuosa de la prueba
    • 2)  Transgresión al debido proceso
    • 3)  Vulneración del principio de inmediación
    • 4)  Inobservancia de las reglas previstas para la deliberación y redacción de la RA 188/2016
    • 5)  Contradicción entre la parte dispositiva y la considerativa
    • 6)  Quebrantamiento de derechos y garantías constitucionales, Convenciones y Tratados Internacionales vigentes y “este código” (sic)
    • 7)  Transgresión del principio de congruencia
    • ii)
    • III)
    • iv)
    • vi)
    • vii)
    • CONFIRMAR en todo

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