SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1209/2016-S2
Fecha: 22-Nov-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Como efecto de una acción directa realizada dentro del Recinto Penitenciario “San Pedro” de La Paz, donde fungía como Jefe de Seguridad de Servicio, se elaboró el correspondiente informe dando a conocer el ingreso de una bolsa plástica al interior del Recinto por parte de Ruddy Job Hilari Vega y su posterior intento de introducción al sector población por Sergio Osmar Téllez Ríos; actuación que se le pretendió atribuir abriéndose proceso disciplinario en su contra; sin embargo, el Informe en Conclusiones determinó que no se pudo establecer que su persona hubiera transgredido los “arts. 12.5 14.4”, extremos que no fueron correctamente considerados en el Requerimiento de Acusación que de manera contradictoria e incongruente, lo acusó por dichas faltas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Configuración de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. Restricciones de la jurisdicción constitucional respecto a la valoración de la prueba
- la jurisdicción constitucional no puede ingresar a valorar la prueba producida durante el proceso, por cuanto esa labor corresponde exclusivamente a las autoridades jurisdiccionales ordinarias y no así al Tribunal Constitucional dada su finalidad protectora de derechos fundamentales y no de instancia de apelación o casación
- Fragmento 13
- III.4. Análisis del caso concreto
- 1) Valoración defectuosa de la prueba
- 2) Transgresión al debido proceso
- 3) Vulneración del principio de inmediación
- 4) Inobservancia de las reglas previstas para la deliberación y redacción de la RA 188/2016
- 5) Contradicción entre la parte dispositiva y la considerativa
- 6) Quebrantamiento de derechos y garantías constitucionales, Convenciones y Tratados Internacionales vigentes y “este código” (sic)
- 7) Transgresión del principio de congruencia
- ii)
- III)
- iv)
- vi)
- vii)
- CONFIRMAR en todo