SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1209/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1209/2016-S2

Fecha: 22-Nov-2016

6)  Quebrantamiento de derechos y garantías constitucionales, Convenciones y Tratados Internacionales vigentes y “este código” (sic)

Al no ser susceptibles de convalidación los defectos que impliquen violación de derechos y garantías constitucionales, la única consecuencia legalmente válida es la declaratoria de nulidad, misma que debe responder al principio de especificidad que refiere a la existencia de norma legal previa que permita la declaratoria de nulidad de un determinado acto; así en el presente caso, se solicita la declaratoria de nulidad de la RA 188/2016 de acuerdo a lo previsto por el art. 98.2 y 3 de la LRDPB que expresamente lo consiente.