SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1210/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1210/2016-S1

Fecha: 17-Nov-2016

por parte de servidores públicos,

Con relación a la legitimación pasiva, el art. 134.I de la Norma Suprema, señala que: “La Acción de Cumplimiento procederá en caso de incumplimiento de disposiciones constitucionales o de la ley por parte de servidores públicos, con el objeto de garantizar la ejecución de la norma omitida” (las negrillas son nuestras), de donde se infiere que quien cuenta con legitimación pasiva para ser demandado es el servidor público quien por su renuencia omite cumplir un deber plasmado en la norma, bajo dicho entendido el Código Procesal Constitucional también refiere que el objeto de la acción tutelar mencionada es garantizar el efectivo cumplimiento de la norma constitucional o legal omitida por parte de los servidores públicos u órganos del Estado.