SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1260/2016-S3
Fecha: 10-Nov-2016
i)
En audiencia, a través de su abogado sostuvo que: i) El accionante en el memorial de recurso jerárquico no indicó en aplicación de qué norma debía resolverse, únicamente solicitó que se deje sin efecto el Memorando con Cite: JPyRRHH-AS 010/2015 y la Resolución a Recurso de Revocatoria 01/2015; es decir, que no tomó en cuenta que en derecho administrativo existe un principio que establece que debe señalarse claramente qué norma pide se aplique; ii) Al no existir reglamento específico, se empleó el DS 26319 que prevé que el recurso jerárquico debe ser planteado “…ante la Superintendencia para su admisión, conocimiento y resolución, este D.S. nos indica cual el procedimiento ante el vació de la reglamentación en el Gobierno Municipal…” (sic); y, iii) Se hizo una mala interpretación ya que si la accionante fuera funcionaria de carrera, la instancia que tendría que resolver el recurso jerárquico antes mencionado sería la Dirección General de Servicio Civil del Ministerio Trabajo, Empleo y Previsión Social.
- ante el propio ejecutivo autoridad competente
- I.1.2. Norma constitucional o legal supuestamente incumplida
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la naturaleza jurídica y objeto de la acción de cumplimiento
- III.2. La acción de cumplimiento en procedimientos administrativos
- al existir un proceso judicial o un procedimiento administrativo, en el cual existen partes procesales con un interés concreto y cuya decisión surtirá efectos jurídicos solamente en relación a ellas, no es posible en estos supuestos activar la acción de cumplimiento
- III.3. Análisis del caso concreto
- las causales de exclusión para la activación de la acción de cumplimiento
- REVOCAR