SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1260/2016-S3
Fecha: 10-Nov-2016
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
La accionante reclama el cumplimiento del art. 26.22 de la LGAM, y denuncia la vulneración los derechos y la garantía al debido proceso, al trabajo, a la inamovilidad laboral y al principio del vivir bien (suma qamaña), por cuanto habiendo presentado recurso jerárquico ante el Alcalde ahora demandado, fue remitido a la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Potosí, instancia que a su vez envió tal recurso a la Dirección General de Servicio Civil del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, institución que devolvió actuados al Alcalde hoy demandado, en el sentido de que cumpla con su obligación de resolver el recurso jerárquico, acudiéndose a la tutela constitucional al no existir pronunciamiento alguno “hasta la fecha” y tomando en cuenta que ante tal retraso, se vulneró los derechos ya mencionados, por el hecho que aún no se definió su situación laboral.
- ante el propio ejecutivo autoridad competente
- I.1.2. Norma constitucional o legal supuestamente incumplida
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la naturaleza jurídica y objeto de la acción de cumplimiento
- III.2. La acción de cumplimiento en procedimientos administrativos
- al existir un proceso judicial o un procedimiento administrativo, en el cual existen partes procesales con un interés concreto y cuya decisión surtirá efectos jurídicos solamente en relación a ellas, no es posible en estos supuestos activar la acción de cumplimiento
- III.3. Análisis del caso concreto
- las causales de exclusión para la activación de la acción de cumplimiento
- REVOCAR