Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1260/2016-S3
Fecha: 10-Nov-2016
I.1.2. Norma constitucional o legal supuestamente incumplida
La accionante señala como norma incumplida el art. 26.22 de la LGAM, considerando vulnerados los derechos y garantía al debido proceso, al trabajo, a la inamovilidad laboral y al principio del vivir bien (suma qamaña), citando al efecto los arts. 8.II. y 117.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- ante el propio ejecutivo autoridad competente
- I.1.2. Norma constitucional o legal supuestamente incumplida
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la naturaleza jurídica y objeto de la acción de cumplimiento
- III.2. La acción de cumplimiento en procedimientos administrativos
- al existir un proceso judicial o un procedimiento administrativo, en el cual existen partes procesales con un interés concreto y cuya decisión surtirá efectos jurídicos solamente en relación a ellas, no es posible en estos supuestos activar la acción de cumplimiento
- III.3. Análisis del caso concreto
- las causales de exclusión para la activación de la acción de cumplimiento
- REVOCAR