SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1276/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1276/2016-S3

Fecha: 21-Nov-2016

i)

Marina Montaño Vda. de Camacho, Juan Daniel, Juan Reynaldo, Marilin y Diego Camacho Montaño, en audiencia a través de su abogada, manifestaron que; i) En marzo de 2016, presentaron un memorial dirigido a la Presidenta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz para hacer conocer su realidad; ii) Se tiene la providencia de “12 de agosto” en la que el Juez hoy demandado aceptó la solicitud de posesión de 432 ha, en la localidad de Yapacaní estableciendo que se debe citar y notificar a los coherederos y actuales poseedores -que son los hijos legítimos dentro de matrimonio de Marina Montaño Vda. de Camacho- que están en audiencia y en posesión del predio en calidad de herencia; iii) El Juez de la causa obró con transparencia y equidad, habiendo cumplido con todos los requisitos que establece la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria y la normativa legal vigente; y, iv) Se tramitó la nulidad de esta pretensión, siendo notificados personalmente así como a la parte hoy accionante y en el momento de la posesión sorprendieron la buena fe del Juez Agroambiental llevándolo a otros predios que no correspondían, y se exigió que se cumpla a cabalidad la citada Ley.