SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1276/2016-S3
Fecha: 21-Nov-2016
II.1.
II.1. Cursa Sentencia 06/2015 de 30 de noviembre, dictada por Rafael Montaño Cayola, Juez Agroambiental de Yapacaní del departamento de Santa Cruz -hoy demandado- dentro del proceso de nulidad absoluta de las actas de posesión hereditaria más cancelación total de registro de propiedad seguida por Marina Montaño Vda. de Camacho, Juan Daniel, Juan Reynaldo, Marilin y Diego Camacho Montaño -ahora terceros interesados- contra Faty Parra Peña, -ahora accionante-, declarando probada la demanda principal, más la cancelación total del registro de propiedad de esta última de dos predios: una pequeña propiedad denominada “San Jorge II”, inscrita en Derechos Reales (DD.RR.) bajo la matrícula 704410001783 a nombre de los menores AA, BB y CC, ordenándose el registro a nombre de su anterior propietario Juan Camacho Orosco; el segundo predio pequeña propiedad ganadera denominada “Colonia Japonesa San Juan”, cesando el registro del derecho de propiedad inscrito en DD.RR. bajo la matrícula 704410001160 a nombre los menores hoy coaccionantes, ordenándose el registro a nombre del mencionado propietario (fs. 3 a 13 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho a una resolución fundamentada y motivada: Su contenido esencial en el Estado Constitucional de Derecho.
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- (1) El sometimiento manifiesto
- (2) Lograr el convencimiento de las partes que la resolución en cuestión no es arbitraria, sino por el contrario, observa: El valor justicia, los principios de interdicción de la arbitrariedad, de razonabilidad y de congruencia.
- b.1)
- b.2)
- b.3)
- c)
- (3) Otra de las finalidades que justifica la exigibilidad de una resolución motivada es la de garantizar la posibilidad de control de la resolución en cuestión - judicial, administrativa, etc.- por los tribunales superiores que conozcan los correspondientes recursos o medios de impugnación,
- (4) La exigencia de una resolución motivada también tiene la finalidad de permitir el control de la actividad jurisdiccional o la actividad decisoria de todo
- derecho de impugnación como un medio de defensa
- III.3. Análisis del caso concreto
- Respecto al primer fundamento
- En el sistema procesal boliviano, el recurso de compulsa constituye una vía de impugnación de la decisión judicial que, de manera indebida o ilegal, niega la concesión de los recursos de apelación o de casación o, en su caso, concede la apelación de manera incorrecta
- CONFIRMAR