Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1320/2016-S3
Fecha: 24-Nov-2016
I.1.1.
Dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, mediante Resolución 303/2015 de 5 de septiembre, se determinó su detención preventiva por la concurrencia de los riesgos procesales previstos en los arts. 234.1, 2 y 10 y 235.2 del Código de Procedimiento Penal (CPP).
- acción de libertad
- I.1.1.
- a)
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informes de las autoridades demandadas
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. La acción de libertad y la causa directa: Su determinación en cada caso concreto
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- “…lleva implícito el principio de inversión de la prueba cuando la prueba que acredite o desvirtúe los hechos denunciados se encuentre en poder del sujeto pasivo de la acción de libertad máxime si este es un servidor público y por tanto cuenta con el deber jurídico de respaldar y explicar sus actos y no lo hace pese a su legal citación con la demanda de acción de libertad”
- III.4. Otras Consideraciones
- Fragmento 21