Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1354/2016-S3
Fecha: 30-Nov-2016
II.1.
II.1. Consta que dentro del proceso laboral seguido por María Alberta Buezo contra el “Sindicato de Trabajadores Gráficos de La Paz”, Richard Carlos Quina Villanueva, se apersonó al mismo en su condición de Secretario General del referido Sindicato, acompañando al efecto la Resolución Ministerial 085/12 de 13 de febrero de 2012, a tiempo de interponer otro actuado (fs. 19 a 20 vta.). Dicho apersonamiento fue admitido por la jueza ahora demandada, mediante proveído de 12 de marzo de 2012 (fs. 21).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Max Salzmann piso 4, ofician 408”
- Max Salzmann Piso 4 of 407
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Apremio laboral en ejecución de sentencia. Jurisprudencia reiterada
- debe notificar con la conminatoria al pago dentro del plazo previsto por ley, sea en forma personal o por cédula en el domicilio señalado a efectos del proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- 407
- CONFIRMAR