SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1354/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1354/2016-S3

Fecha: 30-Nov-2016

III.2.  Análisis del caso concreto

Con relación a la denuncia efectuada por el accionante respecto de que la Jueza ahora demandada emitió de manera indebida un mandamiento de apremio en su contra, sin considerar que su persona ya no funge como Secretario General del “Sindicato de Trabajadores Gráficos de La Paz”
-representante legal de la empresa demandada en el proceso laboral-, y que por ello, entre otros argumentos más, carecería de legitimación pasiva en el proceso laboral del cual emerge la presente acción. Tomando en cuenta que tal reclamo fue oportunamente puesto a consideración de la Jueza ahora demandada (Conclusión II.4.), e incluso apelado, habiéndose abandonado la apelación conforme se tiene de antecedentes (Conclusión II.5.), este Tribunal no puede emitir pronunciamiento alguno sobre un aspecto cuyo reclamo fue voluntariamente dejado de lado por el propio accionante, entendiendo que el abandono de dicha apelación, expresamente manifestado por la parte accionante dio lugar a la aceptación del rechazo pronunciado mediante Resolución 12/2015, por la Jueza hoy demandada.