Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1231/2016-S1
Fecha: 01-Dic-2016
II.1.
II.1. Por providencia AN-GRLPZ-ULELR-SET-PV-183-2014 de 27 de agosto, firmada por José Blacud Morales, Gerente Regional La Paz a.i. de la ANB, en atención a la nota presentada el 29 de julio de igual año, por parte de la accionante a través de su representante, Mirtha Elizabeth Álvarez Moldes; se autorizó la extensión de fotocopias simples solicitadas de la carpeta completa del proceso administrativo en cuestión incluida la RD AN-GRLPZ-ULELR 016/2011 de 14 de junio (fs. 354 a 357).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.4. Sobre la aplicación del principio de inmediatez en la acción de amparo constitucional contra resoluciones administrativas en materia tributaria
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR