Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1276/2016-S2
Fecha: 05-Dic-2016
I.1.2. Normas constitucionales o legales supuestamente incumplidas
La accionante alega como “DERECHOS VULNERADOS” (sic) el incumplimiento realizado por los Magistrados de la Sala Primera del Tribunal Agroambiental de la SCP 0680/2015-S1, que vulnera la rápida protección de sus derechos conculcados establecidos en los arts. 180.I, 186, 203 y 401 de la Constitución Política del Estado (CPE); 15 y 57 del CPCo; 4 y 8 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP); 15, 30 y 132 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ); y, 51.II del DS 29215.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Normas constitucionales o legales supuestamente incumplidas
- a) Magistrados de la Sala Primera del Tribunal Agroambiental cumplan “inmediatamente la SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0680/2015-S1 de fecha de 2015. En base a los fundamentos jurídicos del fallo”(sic)
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, objeto y ámbito de protección de la acción de cumplimiento
- norma concreta
- las acciones constitucionales -también entendida como una acción tutelar([1])- no son la vía idónea para solicitar el cumplimiento de las resoluciones dictadas dentro de una acción de amparo constitucional
- b)
- REVOCAR en todo