Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1315/2016-S2
Fecha: 16-Dic-2016
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
Desde el 29 de diciembre de 2010, fue sometido a proceso penal, por el presunto delito de peculado, cuando fungía en el cargo de Encargado de Registro y Certificación de Inocuidad Alimentaria (SENASAG) Pando, que concluyó con la Sentencia 03/2014 de 7 de febrero, sancionado con pena privativa de libertad de cinco años, más multa de trescientos días a Bs2.- (dos bolivianos) por día. Apelada la Sentencia, se emitió el Auto de Vista de 3 de julio de 2014; éste anulado posteriormente por el Auto Supremo 402/2014-RA de 19 de agosto, por ausencia de motivación, a cuya emergencia se emitió el Auto de Vista de 3 de febrero de 2015, sin cumplir el Auto Supremo que lo anuló.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración
- III.2. El debido proceso en sus elementos fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.3. Análisis en el caso concreto
- Fragmento 16
- CONFIRMAR en todo