Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1334/2016-S1
Fecha: 15-Dic-2016
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 860/2016 de 10 de octubre, cursante de fs. 544 a 547 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Marisol Rina Fuentes Flores en representación legal de Jheimy Daniela Illanes Pacheco contra José Gonzalo Mercado Álvarez, Vicerrector de la Universidad Policial (UNIPOL) “Mcal. Antonio José de Sucre”, José Antonio Barrenechea Zambrana, Presidente, Waldín Rafael Robles Villalpando y Lucy Coronel Sandoval Torrez, Vocales todos de la Comisión de Régimen Disciplinario de la Academia Nacional de Policías (ANAPOL).
- acción de amparo constitucional
- I.1. Contenido de la demanda
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Para que la jurisdicción constitucional analice la actividad interpretativa realizada por los tribunales de justicia, los accionantes deben hacer una sucinta pero precisa relación de vinculación entre los derechos fundamentales invocados y la actividad interpretativa - argumentativa desarrollada por la autoridad judicial
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR