Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1334/2016-S1
Fecha: 15-Dic-2016
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 16 de septiembre de 2016; el de subsanación de 23 de igual mes y año; y, ampliación de 5 de octubre del mismo año, cursantes de fs. 118 a 133; 135 a 140 vta.; y, 180 a 181, la accionante a través de su representante legal manifestó los siguientes argumentos de hecho y derecho:
- acción de amparo constitucional
- I.1. Contenido de la demanda
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Para que la jurisdicción constitucional analice la actividad interpretativa realizada por los tribunales de justicia, los accionantes deben hacer una sucinta pero precisa relación de vinculación entre los derechos fundamentales invocados y la actividad interpretativa - argumentativa desarrollada por la autoridad judicial
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR