Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1392/2016-S3
Fecha: 02-Dic-2016
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
La accionante considera lesionados sus derechos al debido proceso en su vertiente de fundamentación de las resoluciones y en relación al alcance de las sentencias y proporcionalidad de las sanciones impuestas, a la “seguridad jurídica”, a la defensa y al trabajo, a un salario justo citando al efecto los arts. 14.III y IV, 46.I, 115, 116, 117.I y 119.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- i)
- denegó
- denegar
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La motivación, fundamentación y congruencia de las resoluciones como obligación del juzgador
- En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- III.3. Otras consideraciones